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Calculadora de salario neto y retención en la fuente

Su salario no es lo que le llega: antes se descuentan salud, pensión y, según cuánto gane, el Fondo de Solidaridad y la retención en la fuente. Calcule cuánto le queda en la mano, con las normas y la UVT de 2026.

  • Revisado el 13 de octubre de 2026
  • Normas de Colombia
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En resumen

  • Del salario se descuentan 4 % para salud (Ley 100 de 1993, art. 204) y 4 % para pensión (art. 20).
  • Desde 4 salarios mínimos ($7.003.620 en 2026) se suma el 1 % al Fondo de Solidaridad Pensional, y más desde 16 (art. 27).
  • La retención en la fuente sale de la tabla del art. 383 del Estatuto Tributario: hasta 95 UVT de base gravable ($4.975.530 en 2026) es 0.

Vigente al 13 de octubre de 2026.

Qué le descuentan

DescuentoCuántoNorma
Salud4 % del salarioLey 100 de 1993, art. 204: la cotización es del 12,5 %; el 8,5 % lo paga el empleador y el 4 % el trabajador
Pensión4 % del salarioLey 100, art. 20: la cotización llegó al 16 % y el trabajador paga el 25 % de ella
Fondo de Solidaridad Pensional1 % desde 4 salarios mínimos; de 0,2 % a 1 % más desde 16Ley 100, art. 27
Retención en la fuenteSegún la tabla, solo si la base gravable pasa de 95 UVTEstatuto Tributario, art. 383

Con el salario mínimo de 2026 ($1.750.905, Decreto 0159 de 2026, transitorio), 4 salarios mínimos son $7.003.620. Con la UVT de 2026 ($52.374, Resolución DIAN 000238 de 2025), 95 UVT son $4.975.530.

Cómo se calcula la retención

  1. Se restan los aportes obligatorios a salud y pensión: no son renta (Estatuto Tributario, arts. 55 y 56).
  2. Se restan las deducciones del art. 387: por dependientes, el 10 % del ingreso hasta 32 UVT al mes, y la medicina prepagada o el seguro de salud hasta 16 UVT al mes.
  3. Se resta la renta exenta del 25 % (art. 206, num. 10), con un tope de 790 UVT al año.
  4. Las deducciones y la renta exenta juntas no pueden pasar del 40 % de lo que quedó después del paso 1 (art. 388).
  5. La base que queda se pasa a UVT y se ubica en la tabla:
Base gravable (UVT al mes)Retención
Hasta 950
Más de 95 hasta 150(base − 95) × 19 %
Más de 150 hasta 360(base − 150) × 28 % + 10 UVT
Más de 360 hasta 640(base − 360) × 33 % + 69 UVT
Más de 640 hasta 945(base − 640) × 35 % + 162 UVT
Más de 945 hasta 2.300(base − 945) × 37 % + 268 UVT
Más de 2.300(base − 2.300) × 39 % + 770 UVT

Es la tabla del artículo 383 del Estatuto Tributario, modificada por la Ley 2010 de 2019, tal como la reproduce la DIAN.

Ejemplo resuelto

Un salario de $10.000.000, sin dependientes ni medicina prepagada:

PasoCálculoValor
Salud y pensión8 % de $10.000.000$800.000
Fondo de Solidaridad1 % (gana más de 4 mínimos)$100.000
Después de aportes$10.000.000 − $900.000$9.100.000
Renta exenta 25 %25 % de $9.100.000 (no pasa del 40 %)$2.275.000
Base gravable$6.825.000 ÷ $52.374130,3 UVT
Retención(130,3 − 95) × 19 % = 6,71 UVT≈ $351.400
Neto en la mano$10.000.000 − $900.000 − $351.400≈ $8.748.600

Preguntas frecuentes

¿Desde qué salario me hacen retención en la fuente?

Depende de sus deducciones: la retención empieza cuando la base gravable, después de restar aportes, deducciones y la renta exenta, pasa de 95 UVT al mes ($4.975.530 en 2026). Sin deducciones, eso ocurre desde salarios de unos 7,3 millones.

¿Cómo bajo la retención con mis dependientes?

Reporte a su empleador que tiene dependientes: el art. 387 del Estatuto Tributario permite restar el 10 % del ingreso del mes, hasta 32 UVT. Pruébelo marcando la casilla en la calculadora.

¿El auxilio de transporte se descuenta?

Esta calculadora no lo incluye. Si lo recibe, súmelo al neto tal como aparece en su desprendible.

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Fuentes

Revisado el 13 de octubre de 2026 por el Equipo de Vida Laboral, con el texto vigente de cada norma. El resultado es una estimación: la liquidación oficial la hace el empleador y, si hay desacuerdo, puede acudir al Ministerio del Trabajo. Cómo verificamos y calculamos.