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Cómo verificamos y calculamos

Cada formato y cada calculadora de Vida Laboral sigue el mismo método: la norma vigente, una fórmula explícita y pruebas con casos resueltos a mano. Aquí está, herramienta por herramienta.

El método, en cuatro pasos

  1. Norma vigente. Leemos el artículo en la Secretaría del Senado o en el normograma de la DIAN, con sus modificaciones, y guardamos una copia del texto con la fecha de consulta.
  2. Regla explícita. Cada cálculo usa una fórmula publicada por una autoridad o que sale directamente del texto de la ley. La mostramos en la página, para que cualquiera pueda rehacer la cuenta.
  3. Pruebas. Antes de publicar, cada herramienta se prueba con casos calculados a mano y en un navegador simulado, que llena el formulario con el ejemplo y revisa lo que ve el usuario.
  4. Revisión. Cada página dice cuándo se revisó y qué cambió. Los valores anuales (UVT, salario mínimo) se actualizan cuando la entidad publica el nuevo valor.

Calculadoras

HerramientaFórmulaNorma y fuente de la fórmula
Prima de serviciosBase × días del semestre ÷ 360CST art. 306; Ley 1 de 1963 art. 7 (auxilio de transporte en la base); Ministerio de Justicia
Cesantías e interesesBase × días ÷ 360; intereses = cesantías × días × 12 % ÷ 360CST arts. 249 y 253; Ley 50 de 1990 art. 99; Ministerio de Justicia
Indemnización por despidoSalario diario (salario ÷ 30) × días de la tabla legalCST art. 64
LiquidaciónSuma de salario pendiente, cesantías, intereses, prima y vacaciones (salario × días ÷ 720)CST arts. 186, 192, 249 y 306; Ley 995 de 2005; Ley 50 de 1990; Ministerio de Justicia

Los días se cuentan con meses de 30 días (año de 360), como en las fórmulas del Ministerio de Justicia. Cuando un resultado depende de un valor que cambia cada año, la calculadora se lo pide a usted en lugar de suponerlo.

Formatos de documentos

  • Cada formato incluye los elementos que exige la norma que lo regula (por ejemplo, los seis puntos del artículo 16 de la Ley 1755 de 2015 en el derecho de petición, o los acuerdos mínimos del artículo 3 de la Ley 820 de 2003 en el contrato de arrendamiento).
  • El documento se arma en su navegador y se descarga en Word (.docx) o se imprime en PDF. No pasa por nuestro servidor.
  • Cada formato tiene una guía en PDF con una lista de chequeo antes de firmar y un modelo lleno con datos ficticios.
  • Los montos se escriben solos en letras, con las reglas del español para los documentos colombianos.

Lo que no hacemos

  • No damos asesoría sobre casos particulares: no somos abogados ni contadores.
  • No publicamos cifras sin una fuente oficial. Si un valor no está confirmado, no lo usamos.
  • No citamos noticias ni otros sitios como fuente de una norma.

Si encuentra un error, escríbanos: lo revisamos contra la norma y, si corresponde, lo corregimos y lo anotamos en el historial de cambios de la página. Lea también nuestra política editorial.

Última actualización: 13 de octubre de 2026.